La Propiedad Social en Cuba

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El período de tránsito al socialismo podemos decir como planteara Lenin es un largo y doloroso alumbramiento donde coexisten un capitalismo que no ha acabado de morir y un socialismo que no ha nacido.
Conviven en él la propiedad privada,la cooperativa, la de las organizaciones políticas, de masas y sociales, la mixta y la socialista de todo el pueblo; esta última se desempeña como la fundamental y mayoritaria y define el sistema económico-social que recoge la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE CUBA (TÍTULO II ARTÍCULO DEL 22 AL 31).
Es evidente, entonces, que la propiedad social sobre los medios de producción es la solución dialéctica de la contradicción económica fundamental del modo capitalista de producción.
Dicha contradicción se produce entre el carácter social de la producción, objetivamente condicionado y el carácter privado capitalista de la apropiación de sus premisas y resultados.
La separación del trabajo con las condiciones materiales de su realización determina, a su vez, la separación de los creadores de la riqueza social con sus condiciones de existencia, lo que se expresa en el conflicto imperante entre el trabajo y el capital.
El referido conflicto se ha convertido en un freno para el desarrollo de las fuerzas productivas de la sociedad que solo puede ser resuelto a partir de la apropiación directamente social de las premisas materiales del trabajo y de sus resultados.
Sin embargo, la propiedad social sobre los medios de producción no puede ser establecida de forma voluntarista, ni surge de forma automática.
Su conformación es un proceso histórico que tiene lugar en el curso de la formación de sus presuposiciones y condiciones de existencia, que tiene como fundamento material el desarrollo de las fuerzas productivas. Por su parte, la apropiación social de la producción precisa de un determinado nivel de la capacidad productiva del trabajo y de desarrollo del sujeto apropiante históricamente condicionado.
La propiedad sobre los medios de producción es una categoría económica que expresa las relaciones históricamente determinadas establecidas entre los hombres en cuanto a la apropiación de las premisas materiales y los resultados de la producción.
Por consiguiente, la propiedad (apropiación) presupone al trabajo como su condición y consecuencia, significa entonces que, los medios de producción no son más que trabajo objetivado, materializado y, por otra parte, su apropiación efectiva solo tiene lugar a través de su utilización social en el proceso de trabajo.
Se patentizan entonces las palabras de Carlos Marx cuando expresó: “El sistema de apropiación capitalista que brota del régimen capitalista de producción y, por tanto, la propiedad privada capitalista es la primera negación de la propiedad privada individual basada en el propio trabajo. La producción capitalista engendra, como la fuerza inexorable de un proceso natural, su primera negación. Es la negación de la negación. Esta no restaura la propiedad privada ya destruida, sino una propiedad individual que recoge los progresos de la era capitalista; una propiedad privada basada en la cooperación y en la posición colectiva de la tierra y de los medios de producción producidos por el propio trabajo.”
De manera que la propiedad privada capitalista en su desarrollo condiciona la necesidad objetiva de su transformación revolucionaria y engendra las premisas de la propiedad social sobre los medios de producción.

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