Conocer las leyes y respetarlas es garantía

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Recordar la legislación no es suficiente, lo importante es aplicarla con sistematicidad, energía y dinamismo.

Las normativas sanitarias para la crianza de ganado porcino, equino, bovino y caprino mantienen plena vigencia, según comunicación del Departamento de Salud Animal de la dirección de la Agricultura en Mayabeque.

Dicha entidad recuerda que, según el Artículo 17 del Decreto ley 110, la distancia entre los lugares de la crianza privada de ganado porcino y otras instalaciones deberá ser la siguiente: un kilómetro de áreas urbanas y suburbanas o de instalaciones avícolas o ganaderas especializadas o de carácter social, científico e industrial; dos kilómetros de centros porcinos;  cinco kilómetros de áreas portuarias y de aeropuertos.

Asimismo, la mencionada dirección provincial consigna que quienes contravengan las disposiciones aprobadas podrán ser multados a tenor con el Artículo 18, inciso f del Decreto 272, del 20 de febrero de 2001, el cual prohíbe la tenencia o crianza de ganado equino, bovino, caprino y porcino dentro del perímetro urbano.

El especialista en Medicina Veterinaria y Pecuaria, Jorge Luis Lorenzo Martínez, advierte de los riesgos que implica la tenencia de un cerdo en las áreas urbanas. Estos animales transmiten diferentes patologías al hombre, como la peligrosa leptospirosis y la salmonelosis. Además, favorecen la proliferación de vectores, entre ellos la mosca, insecto que contribuye con la propagación de enfermedades.

Según explicó Lorenzo Martínez, se han creado comisiones integradas por varios organismos (Salud Pública, Comunales, Hidrología, CITMA Y Veterinaria) que determinan si puede o no realizar la crianza de cerdos el criador, pero confirma que se debe retomar con firmeza el control de esta actividad en la ciudad, pues la salud del pueblo está por encima de todo.

 

 

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