La llave ejecutiva del bloqueo estadounidense contra Cuba

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El presidente de Estados Unidos conserva amplias facultades ejecutivas para transformar la aplicación del bloqueo. Un día como hoy hace 54 años, la firma del presidente John F. Kenne­dy en el Despacho Oval de la Casa Blanca fue suficiente para decretar un bloqueo total contra Cuba, que entró en vigor cuatro días después.

La Orden Ejecutiva 3447 se apo­yó en la Ley de Ayuda Externa y la Ley de Comercio con el Enemigo del año 1917 para cortar todos los lazos con Cuba, donde transcurría un im­parable proceso revolucionario que para entonces ya había vencido las tropas mercenarias enviadas por Washington a Girón.

Kennedy autorizó al Secretario del Tesoro a promulgar todas las me­didas y regulaciones para hacer efectiva la prohibición de importación a Estados Unidos de cualquier producto de origen cubano y ordenó al Secretario de Comercio que continuara y ampliara las medidas para restringir todas las exportaciones de Estados Unidos hacia Cuba, incluidos alimentos y medicinas.

Las agresiones de Washington con­tra la Revolución habían comenzado mucho antes, casi desde el propio 1ro. de enero de 1959. Desde la supresión de la cuota azucarera has­ta la ruptura de relaciones diplomáticas en enero de 1961, las maniobras legales fueron dando paso a operaciones militares directas como la invasión de Girón y otras encubiertas en la llamada Operación Mangosta.

Pocos días antes de la firma de la Orden Ejecutiva había iniciado en el balneario de Punta del Este, Uru­guay, la VIII Reunión de Consulta de Cancilleres de la OEA, donde la presión de Washington logró que se aprobara una resolución que ex­cluía la participación de Cuba en el sistema interamericano.
La cita evidenció la estrategia estadounidense de intentar aislar a Cuba en la arena internacional, por un lado, y causar hambre y desesperación en el plano interno, por el otro.

Medio siglo después, el propio pre­sidente de aquel país reconoció que el plan fue un fracaso.

Además, las piezas regionales se alinean de una manera muy distinta. El fin del bloqueo a Cuba es una de­manda unánime de la región, ratificada en la última cumbre de la Co­munidad de Estados Latinoa­me­ri­canos y Caribeños celebrada en Quito.

Asimismo, el mundo entero, pe­ro especialmente los pueblos y go­biernos latinoamericanos y caribeños, celebraron como un triunfo pro­pio los anuncios del 17 de di­ciem­bre del 2014, cuando los presidentes Ba­rack Obama y Raúl Cas­tro revelaron su voluntad de restablecer relaciones diplomáticas y avanzar en la nor­malización de las relaciones.

Después de reabiertas las sedes diplomáticas en La Habana y Was­hington, el foco global se ubica en el fin del bloqueo económico, financiero y comercial que fue re­chazado el pasado año por 190 países y respaldado solo por dos, Es­tados Unidos e Israel.

Aunque el tejido legal y seudolegal que conforma el bloqueo se ha ido enmarañando a lo largo de las  últimas décadas, especialmente tras su codificación en la Ley Helms-Burton, el presidente norteamericano conserva amplias facultades ejecutivas para accionar sobre su aplicación práctica. Aunque es cierto que el Congreso es el que tiene la última palabra.

De la misma manera que el presidente republicano George W. Bush utilizó sus prerrogativas para  arreciar las agresiones económicas contra Cuba durante su mandato, Oba­ma ha venido haciendo lo contrario desde el 17 de diciembre.

Tras los paquetes anunciados en enero y septiembre del año pasado, hace pocos días se hizo pública una nueva serie de medidas que cambian algunos aspectos de la aplicación del bloqueo, principalmente los referidos al otorgamiento de créditos para de­terminadas compras de productos au­to­rizados que no sean agrícolas (ya que una Ley del año 2000 lo prohíbe expresamente), así como la posibilidad de establecer determinadas relaciones comerciales con empresas estatales cubanas.

Los últimos anuncios de los de­partamentos del Tesoro y Comer­cio, partes de la rama Ejecutiva, confir­man las amplias potestades que conserva Obama para ir aún más lejos en el desmontaje del bloqueo.

Sin embargo, se dejaron intactas las limitaciones a las transacciones internacionales en dólares por parte de Cuba, la posibilidad de las em­presas estatales cubanas de exportar a los Estados Unidos y las inversiones estadounidenses en sectores dis­tintos de las telecomunicaciones, en­tre muchos otros aspectos que con­forman el núcleo duro del bloqueo y mantienen pleno vigor.

El presidente solo está limitado por la ley en cuatro puntos muy es­pecíficos, que son permitir los viajes con motivos turísticos; la prohibición a subsidiarias de EE.UU. en terceros países a comerciar bienes con Cuba; la prohibición de realizar transacciones con propiedades norteamericanas que fueron nacionalizadas, y la obligación a pagar en efec­tivo y por adelantado por las compras de productos agrícolas.

Más allá de esos aspectos, tiene plena libertad de acción.

Si Kennedy utilizó en 1962 la lla­ve ejecutiva para cerrar una puerta que permanecería sellada por más de medio siglo, el actual presidente puede emplearla para hacer irreversible lo alcanzado hasta aho­ra, especialmente en un año de elecciones, y consolidar un nuevo capítulo de las relaciones con Cuba que será legado de su paso por la Casa Blanca.

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