Entran en vigor modificaciones del trabajo por cuenta propia en Cuba

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 Tomado de Prensa Latina

La Habana, 7 dic (PL) Las modificaciones del trabajo por cuenta propia en Cuba, aprobadas en meses pasados por el Consejo de Ministros, entran hoy en vigor con lo que se reanuda la entrega de 26 modalidades hasta la víspera suspendidas.

 

Según reveló recientemente la ministra de Trabajo, Margarita González, al cierre de octubre en Cuba ejercían el trabajo por cuenta propia 588 mil trabajadores, lo que constituye el 13 por ciento de los ocupados en el país.

Declaraciones recientes de la funcionaria revelaron que, tras un proceso de consulta con los trabajadores por cuenta propia, se determinó incluir nuevas disposiciones que modifican en parte a las que hoy entran en vigor.

En ese caso se halla la determinación de que las personas naturales podrán ejercer más de una actividad, siempre que cumplan lo regulado para dicho desempeño.

Además, se elimina el límite de 50 capacidades en las actividades de servicio gastronómico en cafetería, en restaurante, y en la de bar y recreación cuyos topes serán dictados por las dimensiones de los locales.

Por su parte, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Feitó, aseguró que las nuevas normas permitirán agrupar en 123 actividades las 201 variantes existentes para este desempeño desde 2010, sin que se afecte la carga tributaria establecida para estos contribuyentes ni se disminuyan las modalidades de empleo.

Asimismo, y para dar respuesta a varias solicitudes del sector, se crean nuevas figuras dentro de esta forma de gestión como es la actividad de bares y recreación, el panadero-dulcero y el arrendador de vehículos, ejemplificó.

Como parte de las novedades más significativas, la funcionaria remarcó la posibilidad de rentar a personas jurídicas por parte de los arrendadores de viviendas y la facultad de estos de ofertar alimentos previo permiso de las autoridades sanitarias.

También, expresó, se faculta a los titulares de negocios para delegar sus funciones en un trabajador contratado ante una ausencia prolongada; y se aumentan las causales y las actividades con derecho a solicitar una suspensión temporal de la actividad.

Otro de los cambios sobrevenidos para el sector estriba en una diferenciación en la aplicación de los tributos y en correspondencia con el principio de territorialidad.

A juicio del director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro, no obstante esta disposición, el sector mantendrá una carga tributaria de entre un 25 y 35 por ciento que es lo que está establecido para esta forma de gestión.

Igualmente, reveló Regueiro, se implementarán de manera paulatina la habilitación de una cuenta bancaria fiscal en principio aplicable solo para seis de todas las actividades.

En este aspecto, también fue añadida una modificación que orienta sobre la reducción de tres a dos cuotas mensuales tributarias la cuantía del saldo mínimo que debe mantener dicha cuenta y se incrementa de un 20 a un 35 por ciento el fondo de efectivo para pagos menores exentos de ser depositados.

Las normas que modifican el trabajo por cuenta propia fueron divulgadas oportunamente en la Gaceta Oficial extraordinaria número 35.

tgj/ifs

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