Código del Trabajo: Herramienta para proteger los derechos laborales

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La Habana, 30 jul (ACN) La modificación de la Ley 116 de diciembre de 2013 “Código del Trabajo” constituye herramienta fundamental para la implementación de las transformaciones económicas y sociales, destaca su carácter participativo y es protector de los derechos laborales.

   Esa normativa, aprobada hoy en el Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en su X Legislatura, recoge los derechos y responsabilidades de las organizaciones sindicales y de empleadores.

  Jesús Otamendiz Campos, ministro de Trabajo y Seguridad Social de Cuba, presentó el instrumento jurídico ante los diputados y expresó que integra 15 disposiciones normativas, un decreto ley, cuatro decretos, tres acuerdos del Consejo de Ministros y siete resoluciones del propio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), y es el resultado de la consulta especializada a órganos, organismos e instituciones y tiene un carácter integrador.

   Establece los fundamentos, principios, derechos, obligaciones y garantías para potenciar el trabajo digno como valor primordial de la sociedad; contiene además el ámbito de aplicación, prohibiciones a los empleadores y la capacidad jurídica para establecer relaciones laborales, entre otros elementos de interés.

   El titular del MTSS expuso que el documento incorpora como prioridades en el empleo a los jóvenes, las mujeres y las personas identificadas en situación de vulnerabilidad.

   También se definen los tipos de contratos que se utilizan en la relación laboral, se conceptualiza la pluriactividad con los efectos que ella produce y se establece el tratamiento ante la interrupción laboral y el cese por motivos económicos, tecnológicos y estructurales.

  Vinculado a las transformaciones económicas y sociales aprobadas recientemente por la ANPP, el nuevo Código del Trabajo establece fijar anualmente el salario mínimo, eliminar la aprobación administrativa para el ejercicio del pluriempleo para determinadas profesiones y facultar a los empleadores, de acuerdo con la organización sindical, para la concertación de jornadas reducidas.

   Permitir el ejercicio del teletrabajo desde el exterior e incluir como causa justificada de suspensión del cumplimiento del Servicio social la superación en el extranjero por interés personal asociado al perfil profesional, constituyen otras novedades de la norma jurídica.

  Otamendiz Campos explicó que el Código faculta directamente a las entidades para determinar los trabajadores que cesan el vínculo laboral por motivos económicos, tecnológicos y estructurales, previa evaluación en el órgano colegiado de dirección, de común acuerdo con la organización sindical y la debida protección.

   Establece la protección equivalente a un mes de remuneración a los trabajadores contratados por los trabajadores por cuenta propia, ante la suspensión temporal o cancelación de la actividad, según manifestó el ministro.

   La ANPP en su segundo día de sesiones tuvo una intensa jornada legislativa, en la que los diputados debatieron y aprobaron leyes fundamentales para el país como la Ley de la Organización de la Administración Central del Estado, Vivienda, Identidad personal y domicilio y el Código del Trabajo.

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