El fortalecimiento de los lazos familiares y afectivos ha sido reconocido como un derecho fundamental en la nueva normativa legal que regula la comunicación entre parientes. Con un enfoque centrado en la dignidad humana, el bienestar emocional y la inclusión, los artículos 45, 46 y 47 establecen principios claros para garantizar que nadie quede aislado de sus seres queridos por razones injustificadas.
El Artículo 45 afirma que la comunicación entre padres, hijos, abuelos, hermanos y otros parientes o personas afectivamente cercanas solo puede limitarse por una decisión judicial, y siempre que esta, esté motivada en el interés superior de niñas, niños y adolescentes o en el beneficio de adultos mayores o personas en situación de discapacidad.
Este derecho incluye todo tipo de vínculo: presencial, oral, escrito y a través de medios tecnológicos, adaptándose a los tiempos actuales donde las distancias físicas no deben significar rupturas afectivas.
Particular atención recibe la situación de las personas con discapacidad, tal como expone el Artículo 46, el cual asegura que la comunicación con ellas debe considerar todos los lenguajes posibles, incluyendo la comunicación gestual, oral y tecnológica, según las capacidades y necesidades de cada individuo. Esta disposición reconoce la diversidad y el derecho a la interacción en igualdad de condiciones.
El Artículo 47, por su parte, impone un deber legal a quienes cuidan a menores, adultos mayores o personas con discapacidad, exigiéndoles garantizar este derecho a la comunicación. En caso de una negativa reiterada e injustificada, las autoridades podrán imponer medidas que aseguren el cumplimiento de este régimen, o en su caso, valorar si es necesario limitarlo, siempre bajo criterios de protección y respeto.
Este cuerpo legal no solo protege un derecho humano esencial, sino que también promueve la convivencia, el afecto y la inclusión como bases de una sociedad más justa y solidaria. Se trata de un paso firme hacia la protección de los vínculos familiares y el respeto a las personas, independientemente de su edad o condición.